
¿Ángeles o demonios?
Hace un par de semanas tuve el honor (o el placer, no estoy seguro) de participar en la entrega de los “Premios Buber“, a los que ya hice alguna mención en mi anterior post. Como acto previo a dicha entrega, los organizadores (la asociación Internet&Euskadi) montaron un espectáculo muy agradable, en el que seis supuestos «expertos» hablábamos sobre las tendencias que, de alguna manera, marcarían lo será Internet durante el próximo año: es lo que se llamó Datorrena-2011.
El evento tuvo un formato divertido, puesto que todos los oradores nos esforzamos en hacer agradable la exposición, que por «exigencias del guión» estaba limitada a un tiempo máximo de … ¡cinco minutos! (vamos, que ni una Pecha-Kucha). Y el «aviso» de que tu tiempo llegaba a su fin eran unos toques de txalaparta que, inexorablemente, empezaban a sonar in crescendo a los cinco minutos exactos, hasta que tu voz no se oía y abandonabas el estrado por imposible.
A lo que ibamos: el caso es que me tocó hablar sobre la privacidad en internet y, muy diligente, me preparé tres temas para tocar; no contaba con que la inconmovible txalaparta apenas me permitiría terminar el primero. Y ¿cual podría ser el tema que alguien, desde una Agencia de Protección de Datos, trataría si le preguntan sobre privacidad e Internet?… En efecto: las Redes Sociales.
Expliqué que la privacidad en las redes sociales es uno de los lugares comunes a los que con mayor frecuencia se ha venido recurriendo en los últimos tiempos cuando se ha tratado de los efectos colaterales en Internet. Pero también quise transmitir que ha habido una tendencia a exagerar los supuestos peligros de la participación en las redes sociales, lo cual ha contribuido a crear una cierta “leyenda negra” sobre las mismas, especialmente cuando sus usuarios son personas jóvenes o menores de edad. En mi personal opinión, se ha puesto mucho énfasis en casos de ciberbullying, grooming, etc, y otros abusos sobre menores usuarios, y también se ha insistido demasiado en el daño, actual o futuro, que para la propia imagen puede suponer un uso irresponsable de la información personal que se sube a las redes sociales — lo cual es, por otro lado, cierto.
La predicción que quise hacer respecto de la privacidad en las redes sociales, en positivo y quizás confundiendo mis deseos con mis predicciones, es que para el próximo año 2011 se romperá esa “leyenda negra”, a causa de tres factores:
- Un mayor conocimiento de su funcionamiento por parte de los ciudadanos
- Una mayor conciencia sobre su utilización por parte de los usuarios más jóvenes
- Una mejora de la forma de prestación del servicio por parte de los proveedores de redes sociales
Ello es consecuencia del trabajo desarrollado en los dos últimos años por parte de diferentes actores, públicos y privados, que han contribuido a elevar la conciencia y el conocimiento sobre las redes sociales.
- Así, dentro del ámbito de la Unión Europea, podemos citar el dictamen 5/2009, sobre las Redes Sociales en línea, adoptado en 2009[1] por el conocido como “Grupo del Artículo 29”, compuesto por las distintas Autoridades Nacionales de Protección de Datos. Este dictamen recoge otros trabajos relacionados con las Redes Sociales desarrollados previamente, como el estudio desarrollado por ENISA[2], la Agencia Europea de Seguridad de las Redes y de la Información[3].
- En España, INTECO, que es el Instituto Nacional de Tecnologías de la Comunicación, realizó un estudio sobre la privacidad de los datos personales y la seguridad de la información en las redes sociales online, editado conjuntamente con la AEPD (Agencia Española de Protección de Datos), del que posteriormente se han derivado diversas guías de uso para las diferentes redes sociales[4].
- Desde las tres Agencias Autonómicas de Protección de Datos se han venido desarrollando múltiples actuaciones de divulgación y concienciación dentro de las respectivas comunidades educativas relacionadas con la utilización de las redes sociales. Por ejemplo, en Euskadi, que es el caso que me queda más próximo, la AVPD ha preparado diversos materiales junto con el Departamento de Educación del Gobierno Vasco, puestos a disposición de la comunidad educativa en el portal http://www.kontuzdatos.info, para contribuir a concienciar a niños y adolescentes sobre el uso responsable de Internet, sobre el valor de la propia privacidad y el respeto a la privacidad ajena.
En general, en todos estos casos citados se han desarrollado directrices y recomendaciones dirigidas en varias direcciones: por un lado, sugerencias dirigidas a los propios usuarios, promoviendo un uso responsable, la minimización de la difusión de información personal, el respeto a la privacidad de los demás usuarios, etc. También se han emitido Propuestas para asociaciones (de usuarios, consumidores, padres y familias, …), así como propuestas y recomendaciones dirigidas a los proveedores de Servicios de Redes Sociales, tales como la adopción de suficientes medidas de seguridad, establecimiento de configuraciones de privacidad por defecto que resulten respetuosas con la privacidad de los usuarios poco experimentados, la presentación de una información clara y comprensible sobre los términos del servicio, la minimización de los datos requeridos, etc..
Por otro lado, los proveedores de servicios de redes sociales han llegado a ser plenamente conscientes de que la confianza de sus usuarios es el elemento fundamental de su servicio y de que sin un adecuado respeto a su privacidad, su modelo de negocio queda comprometido. Como consecuencia de ello, lentamente se esta logrando que los proveedores de servicios de Internet mejoren paulatinamente el respeto a la privacidad en sus servicios, lo que conduce a que los propios usuarios conozcan realmente el uso que pueden hacer y el que no deben hacer en las redes sociales.
No obstante, la privacidad en las redes sociales continuará siendo un caballo de batalla, puesto que, aunque se han puesto las bases para mejorar la conciencia de los usuarios sobre su uso y se han dado directrices a los proveedores, el problema subyacente deriva de su modelo de negocio, basado en la gratuidad para el usuario y los ingresos por publicidad, lo cual genera una tensión continua con el derecho a la privacidad y nos conduce a otro interesante tema de reflexión: La privacidad en la publicidad comportamental o conductual. Pero esto ya será en el siguiente post.
[1] Dictamen 5/2009 sobre las Redes Sociales en línea, disponible en http://ec.europa.eu/justice/policies/privacy/docs/wpdocs/2009/wp163_es.pdf
[2] ENISA Position Paper nº 1, disponible en http://www.enisa.europa.eu/act/res/other-areas/social-networks/security-issues-and-recommendations-for-online-social-networks
[3] INTECO, Estudio sobre la privacidad de los datos personales y la seguridad de la información en las redes sociales online, disponible en http://www.inteco.es/Seguridad/Observatorio/Estudios_e_Informes/Estudios_e_Informes_1/est_red_sociales_es
[4] Las guías pueden consultarse en http://www.inteco.es/Seguridad/Observatorio/manuales_es/